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Divorcio, separación y anulación matrimonial

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Divorcio, separación y anulación matrimonial
Divorcio, separación y anulación matrimonial

Divorcio, separación y anulación matrimonial. Cuando conversamos de la ruptura matrimonial, debemos vigilar la terminología que utilizamos, porque si bien las expresiones divorcio, separación y anulación matrimonial parezcan ser semejantes, no lo son.

Cada término tiene particularidades determinadas que deben ser tenidas en cuenta si se desea desvincular el matrimonio. Os comentamos qué significado tiene cada una y cuáles son las desigualdades más significativas entre ellas.

El divorcio

En un dictamen de divorcio se anula el matrimonio. Por lo cual, cualquiera de los ex cónyuges se puede volver a casar. Excepto en las ocasiones en que se haya realizado el casamiento por la iglesia. Ya que en esos casos el divorcio no admitirá contraer de nuevo una boda eclesiástica. Para esto se debe manifestar la anulación del matrimonio católico. Que es un procedimiento que se lleva a cabo en los tribunales eclesiásticos.

El divorcio se puede gestionar 3 meses después del matrimonio. No será obligatorio aguardar ese período de tiempo si se demuestra que hay peligro para la existencia, para la libertad, la integridad moral o la liberación sexual del cónyuge que pida el divorcio, igualmente de los hijos, si los tuvieran.

La separación

La condición substancial de la separación es que. A desemejanza del divorcio, esta representación no deshace la unión matrimonial. Sigue en vigor. Por lo cual, no se puede volver a casar.

La separación puede ser de derecho o de hecho. Y con ella finalizan algunas obligaciones matrimoniales. Fundamentalmente son el de convivir juntos o la suposición de paternidad de los hijos engendrados. Cuando la separación ya sea positiva.

Es fundamental saber que hasta el año 2005 en España. Era obligatorio primero separarse para poder después divorciarse. Con la Ley 15/2005 que cambió el Código Civil y el Código de Enjuiciamiento Civil en causa de separación y divorcio. Se puede solicitar el divorcio sin anteriormente haber gestionado la separación.

Si después de que la pareja se haya separado. Quieren reconciliarse, entonces pueden retomar la convivencia juntos apaciblemente. Tienen que informar al juez cuando la separación ha sido judicial y no de hecho.

La anulación matrimonial

La anulación matrimonial se diferencia de la separación y del divorcio porque no es ni interrupción ni abolición. Sino que con ella se intenta exponer que este no existe y que jamás existió. Aunque haya producido causas legales.

Es fundamental indicar que los fundamentos para que haya anulación matrimonial deben haber existido antes de oficiar el matrimonio. Puesto que no es que el matrimonio sea anulado. Sino que se manifiesta la anulación pre efectivo. Gracias a que todos los matrimonios son legítimos hasta que se demuestre lo contrario. Que es el fundamento de la presunción de la inocencia.

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La mayoría de los  matrimonios son diferentes. Por consiguiente, los resultados que procedan de cada uno serán individuales. Es por eso, que en cada caso determinado, según los requisitos y pretensiones de los cónyuges. Se podrá pedir cualquiera de estas 3 distinta opciones.

Pero lo más esencial es que se tramite del mejor modo viable por un auténtico profesional del Derecho Familiar, para que salga todo correctamente.

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