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Principales ayudas a los ciudadanos y empresas tras Filomena

Tras Filomena, ¿qué ayudas puedo solicitar?

 Principales ayudas tras Filomena

Todas estas herramientas auxiliares están exentas del IRPF y están reguladas por el Real Decreto 307/2005 de 18 de marzo. ¿Qué tipo de ayudas son y quién puede solicitarlas?

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Tras Filomena que ayudas puedo solicitar

FILOMENA

Madrid vivió del 6 al 11 de enero su peor tormenta en 100 años, superando cualquier pronóstico del Servicio Meteorológico Nacional (AEMET). Según datos oficiales, en 30 horas, la cantidad de nieve ininterrumpida fue de 1,25 millones de kilos. El Ayuntamiento cuantificó temporalmente el daño causado por la actividad económica y las infraestructuras, que fue de 1.398 millones de euros.

Las excepcionales circunstancias provocadas por el temporal de Filomena paralizaron la capital española (como otras regiones) durante varios días, provocando graves pérdidas materiales y económicas. La gran mayoría de los trabajadores no pudieron ir a trabajar, las carreteras se convirtieron en un colapso y los servicios de emergencia no podían hacer mucho más. Cientos de coches quedaron atascados en la carretera esperando ayuda.

 Principales ayudas a los ciudadanos y empresas tras Filomena

Desde el punto de vista económico, lo peor es la reanudación del trabajo, ya que los bares y restaurantes tienen que estar cerrados varios días por falta de oferta, lo que pone la gota que colma el vaso a la frágil situación, que se viene prolongando varias veces por el mes de COVID.

El 19 de enero, el gobierno (inicialmente reacio a aprobarlo) aprobó el Consejo de Ministros, declarando que Madrid, Asturias, Castilla y León, Castilla La Mancha, Andalucía, Aragón, Aragón, La Rioja y Navarra declararon “zonas afectadas por desastres”. El convenio fue aprobado a propuesta del Ministerio del Interior, con la colaboración del Ministerio de Política Territorial y Funciones Públicas.

PRINCIPALES AYUDAS

Las principales ayudas de primeros auxilios están diseñados para aquellas personas que han sufrido daños personales, especialmente los fallecimientos y la discapacidad causadas directamente por el frío y las ventiscas. También puede buscar una compensación por daños materiales a casas y accesorios, así como a lugares industriales, comerciales, agrícolas, de pesca marina, turísticos y otros lugares de servicios.

Todas estas ayudas están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y están reguladas por el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, que subvenciona determinadas necesidades y procedimientos de ayuda provocados por emergencias o catástrofes naturales.

¿Qué tipo de ayudas son y quién puede solicitarlas?

A partir de la fecha de finalización de dichas actividades, los ciudadanos tienen un mes para presentar una solicitud. La solicitud se radicará ante la delegación del gobierno de la provincia donde se produjo el hecho que motivó la solicitud, o en cualquier expediente contenido en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de la Ley. Régimen procesal. Las ayudas se desglosan en las siguientes:

1)    Asistencia por daños personales a la familia: 18.000 euros. Estas ayudas se brindan por muertes o declaraciones de incapacidad absoluta o permanente causadas por la tormenta. Los beneficiarios serán sus propias víctimas, así como el cónyuge o hijos de las víctimas.

2)    Ayudas para daños en viviendas y enseres: El importe oscila entre los 2.580 euros y los 15.120 euros. Según la evaluación técnica, se les otorgará una indemnización por daños y perjuicios por toda destrucción de su residencia habitual, daños que afecten a la estructura de la residencia habitual o daños que no afecten a la estructura de la residencia habitual. También se utiliza en casos de destrucción o daño a las necesidades del hogar.

3)    Ayudas a trabajadores y voluntarios durante el temporal: Las personas o empresas que sean requeridas por la autoridad competente para protección civil debido a la provisión de protección civil o patrimonial en una emergencia podrán ser compensadas por los gastos, pérdidas o pérdidas incurridas.

4)    Ayudas a las Comunidades de Propietarios: La ayuda máxima es de 9.224 euros. Una comunidad de propietarios que haya sufrido daños en elementos comunes puede presentar demandas. Se debe firmar una póliza de seguro válida y no incluye reclamaciones.

5)    Ayudas a comercios, establecimientos y empresas: La asistencia también puede llegar hasta los 9.224 euros. Siempre y cuando se indemnice a las empresas o comercios que sufrieron daños o desperfectos en casas o almacenes durante la tormenta, siempre que cuenten con una póliza de seguro y no se incluyen las pérdidas.

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